SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1303/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1303/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.1.

II.1.    Conforme reconoce la autoridad demandada en su informe escrito cursante a fs. 11 vta. de obrados, tuvo que suspender las audiencias programadas debido que a la fecha no cuenta con un secretario, toda vez que el asignado a su despacho, se excusó de conocer la causa; designando por consiguiente al Secretario del Juzgado Onceavo de Instrucción en lo Penal, funcionario que indicó su imposibilidad de asumir la suplencia legal, llegando finalmente al llamamiento de su similar Doceavo que también presentó un informe alegando exceso de trabajo, situaciones que no le permitieron llevar a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva.