SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1307/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1307/2012

Fecha: 19-Sep-2012

III.4. Análisis del caso concreto

En la problemática planteada consta que luego del aviso de prensa publicado en el periódico por el FNDR, el 8 de agosto de 2010, la accionante solicitó mediante memorial dirigido a esa institución, se le otorgue documentación para que su padre pueda asumir conocimiento a cerca del informe de auditoría en el cual estaba involucrado; para lo cual, invocó el art. 59 del CPC, asumiendo de esta manera representación sin

Es así que recibió respuesta en sentido de que no contaba con la personería legal y no estaba facultada para tal solicitud; de esta manera se dirigió en dos oportunidades más ante la institución, mereciendo igual respuesta, carente de motivación, de fundamentación legal, de oportunidad y sugerencia que le permitiera hacer viable su pedido; lo cual, evidentemente lesiona el derecho a la petición de la accionante porque si bien es cierto que se le responde, no es menos evidente que ésta no estaba resolviendo el fondo del asunto; es así que se vio limitada por el actuar del FNDR que le privó de la obtención de la documentación solicitada para posteriormente, si el caso ameritara asumir defensa por su padre; por consiguiente, la institución demandada debió responderle adecuadamente a la accionante de acuerdo a lo señalado en el Fundamento Jurídico III.2.