SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1369/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1369/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es propietario de un bien inmueble, con una superficie de “50.397,94 m2” (sic), adquirido del Banco Unión S.A., el 27 de marzo de 2008, inmueble que se ubica en la zona denominada El Trapiche, cantón Cotoca, provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 7.01.2.01.0022155 de 4 de abril de mismo año.

Pese a ello, indicó que el 15 de abril de 2010, un grupo de personas ingresaron de forma violenta a un terreno contiguo al suyo y los hoy demandados aprovechando esa situación, de manera directa y dirigiendo a otro grupo de personas ingresaron a su inmueble cortando alambres e instalando carpas y viviendas precarias para proceder a su “loteamiento” (sic).

Manifestó, que en varias oportunidades trató de persuadirlos a deponer su actitud y abandonar su inmueble, sin embargo, los demandados permanecían en el inmueble en forma hostil. Por tal motivo, se apersonó a las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), autoridades que habrían efectuado el registro del lugar del hecho e identificó a algunas de las personas que habrían cometido ese atropello a su derecho de propiedad.