Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1371/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.5.
II.5. Mediante nota de 5 de abril de 2010, la directiva del Consejo de Administración, pone en conocimiento de Rosario Coimbra Ordoñez, Responsable de Cooperativas de Santa Cruz, la exclusión de José Carlos Vargas Aramayo; asimismo, cursa citación por la cual se le hizo conocer sobre el proceso sumario en su contra con el fin de que asista a la Asamblea Extraordinaria de 11 de marzo del señalado año, donde fue aprobada la exclusión del ahora accionante y ratificada en asamblea de 2 de octubre del mismo año, tal como consta en las copias legalizadas de las actas extraordinarias de la Cooperativa de Transporte Mixto “Cañoto” Limitada (fs. 101 y 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulneradas
- a)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- , siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR