Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1386/2012
Fecha: 19-Sep-2012
a)
Solicita se garanticen sus derechos supuestamente vulnerados, y que se ordene que: a) La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra cumpla con su derecho a ser informada sobre el aprovechamiento de los recursos maderables que se encuentran en sus predios; b) Se disponga que la empresa que obtuvo el certificado de aprovechamiento de los recursos maderables con la autorización de los dirigentes paren su atropello; y, c) Se establezca, que estos dirigentes ahora accionados no son propietarios y que por lo tanto no tendrían autorización alguna para vender recursos antes referidos de la comunidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad y personas demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Corresponde que la justicia constitucional otorgue la tutela de derechos que no sean invocados, cuando éstos sean conexos al acto o hecho vulneratorio en virtud al principio de favorabilidad
- III.3. Del derecho de petición
- III.4. Con relación al caso concreto
- y de acuerdo a la conformidad de la Comunidad Campesina Mukden
- 1º REVOCAR en parte