Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1406/2012
Fecha: 19-Sep-2012
Fragmento 11
Con relación a los funcionarios provisorios en la administración pública, la SCP0865/2012 de 20 de agosto refirió lo siguiente: ”El art. 5 del Estatuto del Funcionario Público (EFP), establece que los funcionarios públicos se clasifican en: electos, designados, de libre nombramiento, de carrera e interinos, indicando que son funcionarios de carrera: 'aquellos que forman parte de la administración pública, cuya incorporación y permanencia se ajusta a las disposiciones de la carrera administrativa que se establecen en el presente Estatuto´.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. Situación de los funcionarios provisorios en las entidades públicas
- Fragmento 13
- III.3. La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- al denegar
- CONFIRMAR