SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1406/2012
Fecha: 19-Sep-2012
Fragmento 13
Asimismo, la SC1453/2011-R de 10 de octubre, al respecto señaló: ”…corresponde señalar que respecto a la naturaleza de los servidores públicos de libre nombramiento y remoción ha señalado que: '…no están sujetos a las disposiciones relativas a la carrera administrativa, lo que importa que no se reconoce para estos servidores algunos de los derechos que el catálogo de derechos del funcionario público consagra, como el de la estabilidad, pues su ingreso, también diferente del de los funcionarios de carrera, está exento de formalidades, requisitos y procedimientos, siendo por ello que se denominan de libre nombramiento, pues es suficiente la voluntad de la máxima autoridad de la entidad; de igual modo para proceder a su retiro o remoción, tratándose de funcionarios de libre nombramiento, sólo es suficiente la voluntad de la autoridad que lo nombró, por lo que no necesita de ningún procedimiento disciplinario sancionador interno, o de otro tipo, siendo una facultad discrecional otorgada por la ley´ (SC 1311/2005-R de 18 de octubre).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. Situación de los funcionarios provisorios en las entidades públicas
- Fragmento 13
- III.3. La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- III.4. Análisis del caso concreto
- al denegar
- CONFIRMAR