SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2012

Fecha: 19-Sep-2012

i)

El demandado no presentó informe escrito, y no se hizo presente a la audiencia, sin embargo, se concedió la palabra a su representante para que pueda fundamentar su informe, pese a que no esta legalmente habilitado; es así que señaló: i) El demandado solamente es accionista de la empresa Aroma S.R.L., y no así el propietario de la misma, y que otros accionistas también son titulares de la sociedad; ii) Que se tome en cuenta que el demandado Edgar Iriarte Mercado tiene su domicilio y su trabajo habitual en la ciudad de La Paz, que es accionista de dicha empresa, por lo que desconoce cualquier violación a derechos y garantías constitucionales de la accionante, siendo lo correcto que sea dirigida contra la Sociedad de Responsabilidad Limitada, quien a través de sus representantes legales podrán asumir defensa en la presente acción; y, iii) Toda vez que el demandado ni siquiera conoce a la accionante, ni la relación que tuvo con la Estación de Servicio Aroma, los representantes legales de dicha sociedad, son los únicos responsables de la contratación o el despido del personal de dicha empresa, por lo que solicita se notifique a los representantes legales, para que ellos asuman defensa juntamente con el demandado.