SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1407/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Venia trabajando en la Estación de Servicio Surtidor Aroma ubicado en la localidad de Patacamaya del departamento de la Paz, como operadora de bomba; empero, de un momento a otro y de manera intempestiva fue despedida el 29 de mayo de 2010, sin ninguna justificación, despido que se dio sin que se respete su derecho de inamovilidad laboral por su estado de embarazo, tampoco se procedió al pago de asignación familiar del bono prenatal y postnatal, ni el seguro correspondiente; pese a que sus compañeros de trabajo y su empleador, tenían conocimiento de  su estado de gestación y pronta a dar luz, acudió al Ministerio de Trabajo, haciendo conocer esta situación y como efecto de ello, en una primera oportunidad, aceptó su reincorporación; sin embargo, transcurridos unos días, nuevamente fue despedida sin considerar su estado de embarazo, por lo que nuevamente acudió al Ministerio de Trabajo, empero su empleador a través de su apoderada se negó rotundamente a reincorporarla a su fuente de trabajo; en tal antecedente la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz emitió memorándum de conminatoria, que fue notificado al demandado, empero no procedió a la reincorporación haciendo caso omiso al mismo; asimismo, refiere que el 9 de octubre de 2010 nació su hija, no pudiendo acceder a ningún tipo de beneficio social que por ley le corresponde; sin embargo, pide que se la ampare conforme al art. 48. VI  de la Constitución Política del Estado (CPE), que señala: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad (sic)”.