SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1416/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la lesión de los derechos de su representado a la salud, a la seguridad social, maternidad segura, al trabajo y empleo, a la “inamovilidad de los progenitores”, a la vida y a la garantía de la “seguridad jurídica”, por cuanto al ser servidor público de carrera del Ministerio Público, desempeñaba sus funciones de Fiscal de Materia III, en la ciudad de La Paz; empero, fue desplazado de asiento fiscal, designándole funciones -en primera instancia- a la provincia Iturralde, con asiento en la localidad de Ixiamas y posteriormente, revocada la misma, su desplazamiento fue determinado a la provincia Franz Tamayo, con asiento en la localidad de Apolo del mismo departamento, a consecuencia de las Resoluciones A.J./F.G.E. 141/2010 y A.J./F.G.E. 145/2010, emitidas por la autoridad demandada, lo cual vulnera la inamovilidad de padre progenitor que ostenta, al estar su esposa con embarazo de veintitrés semanas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- 11. Disponer el desplazamiento de fiscales por razones de servicio, para la atención de asuntos específicos, declarándoselos en comisión, sin que esto implique el traslado del lugar de sus funciones.
- fue
- “Disponer el desplazamiento de fiscales por razones de servicio, para la atención de asuntos específicos, declarándoselos en comisión, sin que esto implique el traslado del lugar de sus funciones (…) Ratificar o revocar las decisiones de desplazamiento emitidas por los Fiscales de Distrito, cuando ellas sean objetadas según el procedimiento previsto en esta Ley”
- REVOCAR