Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.3.
II.3. Según informe del Auxiliar del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca, el mandamiento de arraigo fue emitido el 20 de julio de 2012. Asimismo, da cuenta que el 23 y 25 del mismo mes y año, se apersonaron al Juzgado el abogado de la defensa y el hermano del accionante, quienes se negaron a recibir dicho mandamiento, en tanto, no les entregue la copia del Auto que lo ordenó (fs. 23 a 24).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Sobre la celeridad en la tramitación de las medidas cautelares
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13