Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1563/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante refiere, que los Vocales demandados, vulneraron sus derechos al debido proceso en su vertiente a la tutela judicial efectiva, y a la “seguridad jurídica” al haberse determinado, mediante Auto de Vista 145 de 25 de septiembre de 2009, su exclusión del proceso penal seguido en contra de Percy Fernández Añez, por la posible comisión del delito de contratos lesivos al Estado, por no ser considerada víctima de dicho delito; por lo tanto, no podría ser parte querellante, disponiendo el archivo del las actuaciones procesales realizadas hasta que se promueva legalmente la acción penal o desaparezca el impedimento legal.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria
- Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto
- Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación que indica es la correcta
- el criterio jurídico con el que el Tribunal de Apelación, hoy recurrido, interpretó
- y sólo en defecto de ello, y ante la invocación de infracciones a las reglas de la interpretación admitidas por el derecho, la jurisdicción constitucional puede ingresar a verificar si la labor interpretativa
- III.3. Análisis del caso concreto