SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1579/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1579/2012

Fecha: 24-Sep-2012

2º     En aplicación de la facultad conferida por el art. 48.4 de la Ley del Tribunal Constitucional, que permite dimensionar los efectos del fallo y en atención al principio de seguridad jurídica y por previsibilidad, dado que el fallo emitido por el Juez de garantías ha sido revocado y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido entre la interposición de la acción y la revisión efectuada por este Tribunal, se declaran válidos los actos realizados en cumplimiento de la Resolución del Juez de garantías.