Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1579/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala que se ha vulnerado sus derechos al debido proceso, a ejercer la función pública, a la defensa, a la “seguridad jurídica y a la garantía de la aplicación objetiva de la ley” toda vez que mediante Resoluciones Municipales 108/2010 y 109/2010 correspondiente a las actas 63 y 62 respectivamente, ambas de 28 de septiembre, fue ilegalmente suspendido y el Concejo Municipal procedió a elegir a nuevo alcalde municipal. En consecuencia, corresponde en revisión, realizar el análisis correspondiente, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Interpretación constitucional referente al silencio administrativo negativo en el planteamiento de reconsideración
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º