SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1607/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante aduce como lesionados los derechos de la empresa que representa al debido proceso, al comercio y a la “seguridad jurídica”, toda vez que, la empresa “Seguros y Reaseguros CREDINFORM Internacional S.A.”, previo cumplimiento de los requisitos exigidos presentó su propuesta a la Convocatoria de Licitación Pública Nacional 01/10, y no obstante de haber consignado la dirección electrónica y el número de fax, no fue notificada con la Resolución de adjudicación en favor de la empresa ALIANZA Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., con la que suscribió el contrato de adjudicación el 15 de octubre de 2010, dejándola en indefensión ante la imposibilidad de poder impugnar la Resolución pronunciada. En consecuencia, corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a conceder la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegar
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- II.
- CONFIRMAR