AUTO CONSTITUCIONAL 001/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 001/2013-RCA-SL

Fecha: 18-Ene-2013

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 1 de octubre de 2011, cursante de fs. 68 a 70 vta., la  accionante, manifiesta que, el 24 de noviembre de 2004, interpuso demanda laboral contra la Empresa de Correos de Bolivia (ECOBOL), basándose en la “Ley 957”, que determina la inamovilidad del puesto de trabajo en instituciones públicas y privadas de toda mujer en periodo de gestación hasta un año del nacimiento del hijo; en dicho proceso entrego como prueba el certificado médico otorgado el 7 de marzo de 2003, demostrando que se encontraba en periodo de gestación; sin embargo, en sentencia de 1 de marzo de 2005, dictada por el Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social, se declaró probada en parte la demanda, omitió determinar su reincorporación, alegando no haberse solicitado en dicha demanda.

Alega que, el 4 de abril de 2005, planteó recurso de apelación, pidiendo su inamovilidad funcionaria, que por Resolución 258/2007 de 4 de septiembre, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, confirmó la sentencia apelada, esta Resolución motivó el recurso de casación presentado por ECOBOL, el que fue contestado e interponiendo al mismo tiempo recurso de nulidad, que por Auto Supremo 57 de 8 de febrero de 2011, fue resuelto declarando la improcedencia del recurso del mismo, Resolución que vulnera sus derechos y garantías constitucionales.