AUTO CONSTITUCIONAL 001/2013-RCA-SL
Fecha: 18-Ene-2013
rechazó in limine
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial ahora -Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, por Resolución 336/2011 de 4 de octubre, cursante a fs.77 y vta., rechazó in limine la acción de amparo constitucional con los siguientes fundamentos: a) El petitorio de la acción es impreciso, pues no señala cuál de las resoluciones se impugna, solicitando la nulidad de todo el trámite procesa laboral, por lo que es ambiguo e impreciso; y, b) No ha expuesto por qué los derecho y garantías presuntamente hubieran sido lesionados por los hechos, siendo preciso que exista una relación de causalidad entre los hechos que sirven de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- I.5. Trámite Procesal
- Fragmento 7
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. De la inmediatez en la acción del amparo constitucional
- II.4. Análisis del presente caso
- APROBAR