Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 001/2013-RCA-SL
Fecha: 18-Ene-2013
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante señala como derechos presuntamente vulnerados, a la petición, a la vida, a la salud, al seguro universal de salud, al trabajo, a la negociación colectiva, a la estabilidad laboral y a la fundamentación, contemplados en los arts. 8.I, 9.I, 24, 35.I, 36.I, 39.I, 46.I y II, 48, 49.I y III, 117.I y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE)
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- I.5. Trámite Procesal
- Fragmento 7
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. De la inmediatez en la acción del amparo constitucional
- II.4. Análisis del presente caso
- APROBAR