AUTO CONSTITUCIONAL 009/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 009/2013-RCA-SL

Fecha: 30-Ene-2013

Fragmento 12

Con relación al inicio del cómputo del plazo para la formulación de esta acción, es necesario invocar las subreglas desarrolladas al principio de inmediatez, que fue asumida en la SC 0521/2010-R de 5 de julio, al señalar que: “A efectos de un correcto cómputo del plazo de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, teniendo en cuenta el plazo prudencial para la interposición del amparo y su naturaleza subsidiaria -que encarna el agotamiento en la misma vía de medios idóneos- debe ser modulado en los siguientes términos: