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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2013

    Fecha: 11-Ene-2013

    II.4.

    II.4.  Mediante el informe escrito del demandado de 12 de noviembre de 2012, se conoce que, el inmueble objeto de controversia cuenta con los servicios básicos, habiendo solicitado a las accionantes colaboración económica para cancelar el costo de la energía eléctrica, mencionando que sólo pagaron por dos meses del servicio (fs. 72 a 73).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1. La acción de amparo constitucional y la excepción al carácter subsidiario
    • el fundamento constitucional que sustenta la procedencia excepcional de una tutela ante medidas de hecho, -ante cualesquier acto- es que en un Estado de Derecho, no es legal ni válido que una autoridad pública o un particular, invocando supuesto ejercicio 'legítimo' de sus derechos subjetivos, se arrogue facultades y adopte medidas de hecho
    • i)
    • III.2. El acceso al derecho del servicio básico de electricidad
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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