Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2013
Fecha: 14-Ene-2013
IMPROCEDENTE
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y conforme a los arts. 202.1 de la CPE y 12.2 de la LTCP, resuelve declarar: IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Sandra Adelaida Castillo Sáenz, quien demando inconstitucionalidad de los incs. b) y c) del art. 73 del Reglamento de Administración y Control de Personal del Poder Judicial, por considerar que son contrarios a los arts. 14. III y IV, 115.I y II y 116.II de la CPE.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- incumplió las obligaciones señaladas en el art. 73 incs. b) y c) del Reglamento de Administración y Control de Personal del Poder Judicial
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad y la acción de inconstitucionalidad en lo concreto
- III.2.Marco jurídico del Reglamento de Administración y Control de personal del Poder Judicial y los procesos disciplinarios a los servidores judiciales
- III.3 Análisis de
- Fragmento 11
- IMPROCEDENTE