Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2013
Fecha: 17-Ene-2013
I.1.3. Petitorio
Solicita se "conceda" la tutela y se ordene su restitución inmediata al cargo de Directora de la Unidad Educativa “Buenas Nuevas D”, el pago de haberes devengados, la restitución de su nombre en las planillas de pago de haberes del Ministerio de Educación, sus aportes a la seguridad social a largo y corto plazo, el bono de antigüedad que ilegalmente fue suprimido y por último se declare nula la Resolución Administrativa 034/2011 de de 20 de julio, por ser atentatoria al debido proceso y la “seguridad jurídica”.
- acción de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.1. El ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria del Estado debe respetar, entre otras garantías, la garantía del debido proceso. Su sustento, el modelo de Estado Constitucional de Derecho Plurinacional Comunitario e Intercultural
- 2)
- “i)
- ii)
- iii)
- III.1.2.El recurso de revocatoria y el recurso jerárquico como medios de impugnación en la vía administrativa disciplinaria sancionadora (formas procesales) tienen la finalidad de asegurar la eficacia material del derecho a la doble instancia o de recurrir ante un tribunal superior y el derecho a la defensa en la fase impugnativa
- III.3. Análisis del caso de autos