SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2013
Fecha: 17-Ene-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Ingresó a trabajar en el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra mediante el memorándum 1007/2001 de 1 de marzo, en calidad de Economista Técnico Tributario, promovida y designada el 19 de abril de 2010, al cargo de Directora Operativa (Plataforma), mediante memorándum 070p/2010; el 18 de abril de 2012, fue notificada con el memorándum 064r/2012 de 31 de enero, sobre la conclusión de relación laboral con el Municipio; no obstante, que, posteriormente puso en conocimiento del Alcalde Municipal, que se encontraba amparada por la “Ley N° 223, Ley N° 1678 y Decreto Supremo 27477”, que protegen a las personas con discapacidad.
Ante el retiro efectuado, formuló recurso de revocatoria el 23 de abril de 2012, que debía ser resuelto en diez días hábiles; y después de veintidós días de haber presentado el recurso, el 15 de mayo de ese año, se apersonó acompañada de Raúl Jordán Arauz, Notario de Fe Pública 53, quien constató que no se había emitido ninguna resolución sobre la impugnación planteada, operándose el silencio administrativo negativo.
Luego, interpuso recurso jerárquico contra la denegación del recurso de revocatoria por silencio administrativo, notificándose el 13 de junio de 2012, con la Resolución Ejecutiva 107/2012 de 5 de junio, que confirmó la Resolución 04/2012 de 9 de mayo, emitida por el Oficial Mayor de Administración y Finanzas; consecuentemente se ratificó el memorándum de despido, con el argumento de que no se había presentado el “CARNET de COBOPDI”, entidad que ya no existe, por lo que no podía ejercer ese derecho; no obstante, que se presentaron varias notas al propio Alcalde Municipal, sobre la recomendación del médico de la Caja Nacional de Salud (CNS), respecto al trámite de invalidez.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la aplicación preferente de la Constitución Política del Estado Plurinacional
- III.3. Sobre el derecho de las personas con discapacidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR