SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2013
Fecha: 25-Ene-2013
II.1.
II.1. Cursa en antecedentes notificación 01 de 5 de agosto de 2012, mediante la cual, las autoridades originarias y bases de la comunidad “Santa Ana” de la provincia Los Andes del departamento de La Paz, comunican a los ahora accionantes que en Asamblea General que contó con la presencia de hombres y mujeres de toda la comunidad, considerando los antecedentes y los constantes abusos graves y muy graves cometidos durante los veinte últimos años apropiándose de terrenos, área deportiva y área escolar, determinaron el inmediato abandono de la cancha deportiva y área escolar de Villa “Santa Ana”, debiendo dejarse la totalidad del terreno que hasta ahora se detentó. Asimismo, de manera expresa se establece que en caso de no abandonar el mencionado terreno, se comunicó que todo el resto de sus terrenos pasarán a la comunidad de “Santa Ana” para la escuela y centro médico. Asimismo, se determinó un plazo de siete días para abandonar dichos terrenos. Finalmente, se estableció que la decisión, fue asumida en aplicación de la justicia comunitaria y respaldada por la Constitución, por tanto, señalaron que en caso de incumplimiento de la misma, se asumirían medidas drásticas y sanciones de fuerza u otro medio, por ser las decisiones de la Asamblea Magna de cumplimiento obligatorio (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 2)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- Octavo:
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de libertad por procesamiento indebido y los contextos interculturales
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- En el orden de ideas señalado y también a la luz del proactione, la realización del test del paradigma del vivir bien a través del ejercicio de la acción de libertad, podrá tutelar derechos directamente vinculados con la vida, todos ellos interpretados bajo pautas inter e intra culturales,
- únicamente a los relacionados directamente a los derechos tutelados por la acción de libertad, otro razonamiento desnaturalizaría la esencia de la acción de libertad
- denuncias vinculadas al derecho a la vida y conexos
- III.2. Analisis del caso concreto