SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2014

Fecha: 10-Ene-2013

I.2.3. Resolución

I.2.3. ResoluciónLa Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 04/2013 de 23 de agosto, cursante de fs. 82 a 85 vta., denegando la tutela solicitada, disponiendo que el accionante cumpla con el decreto de 12 de agosto de 2013, emitido por el Juez Segundo de Instrucción Penal y Cautelar del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, para que esta autoridad de manera inmediata resuelva la situación jurídica, considerando su estado de salud de acuerdo al art. 250 del CPP, en base a los siguientes fundamentos: 1) Contra la Resolución de 8 de agosto de 2013, pronunciada por el Juez demandado en la que se determina no dar lugar a la suspensión del proceso y la aplicación del art. 86 del CPP, no se interpuso el recurso de apelación, por lo que no se agotaron las vías ordinarias; 2) Si bien se evidencia que el accionante tiene problemas de salud, esta situación puede hacerse valer en una audiencia de cesación a la detención preventiva, conforme dispone el art. 239 del CPP; y, 3) A la fecha de interposición de la acción de libertad, la parte accionante no cumplió con la observación del Juez demandado, de señalar las fechas en las que se realizarían los tratamientos del imputado, para que esta autoridad pueda autorizar las salidas del Recinto Penitenciario.