SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2014

Fecha: 10-Ene-2013

II.6.

II.6.  El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y cautelar del departamento de Tarija, en atención al memorial supra, emitió el Auto interlocutorio 244/2013 de 20 de junio, disponiendo lo siguiente: i) El reconocimiento psiquiátrico del imputado Nery Giovanni Zubieta Vaca; ii) La designación como perito al Médico Psiquiatra, Cesar Oliva Castrillo; y, iii) Que se fije como puntos de consulta en el dictamen a emitirse: a) La evaluación multiaxial del imputado; b) La determinación de la existencia de una patología mental en el imputado; c) Definir si existe patología mental en el imputado y si es capaz de interferir en el entendimiento de los hechos y comprender el proceso; d) Si la enfermedad interfiere en la inteligencia del imputado; e) Si el imputado puede entender y comprender los hechos que se le atribuyen; f) Un diagnostico general de su estado mental y personalidad; g) Determinar si se encuentra dentro de la esfera de la inimputabilidad; h) Si existe disminución en la capacidad intelectual; i) Una evaluación del estado psicológico, emocional y personalidad del imputado; j) Determinar si el imputado, por su estado mental constituye un peligro para sí mismo, sus familiares o terceras personas; y, k) La realización de cuantos estudios se consideren necesarios para el cumplimiento de lo ordenado (fs. 36 y vta.).