Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0230/2013-RCA
Fecha: 11-Oct-2013
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela disponiendo su notificación con la RA AN-GRORU-ORUOI-SPCCR 096/2013 de 24 de enero y Auto Administrativo AN-GRORU-ORUOI-SPCCR 161/2013 de 8 de febrero; por consiguiente, se disponga la nulidad de la Resolución de adjudicación AN-GRORU-ORUOI SPCCR 085/2013 de 6 de marzo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- rechazó
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- II.3.
- II.4. Medios de impugnación en materia administrativa
- por imperio de los art. 131, 143.2 y 144 del CTB, las resoluciones sancionatorias en contrabando, emitidas por la Aduana Nacional, configuran actos administrativos, por lo tanto, son susceptibles de recursos de alzada y jerárquico ante las instancias competentes antes detalladas y dentro de los plazos legales dispuestos por las normas precitadas
- En coherencia con todo lo anteriormente puntualizado, las actuaciones comunicacionales, entre ellas, las diligencias de notificación vendrían a constituir actos administrativos de trámite o de procedimiento, dado que constituyen actos intermedios indispensables para el perfeccionamiento de los actos administrativos, por lo tanto, si éstos inciden en la formación del acto administrativo definitivo, pueden ser objeto de impugnación en sede administrativa
- II.5. Incidente de nulidad en materia administrativa
- II.6. Análisis del caso enviado en revisión
- rechazado
- CONFIRMAR