AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2013-RCA

Fecha: 15-Oct-2013

I.2.

El accionante estima que fueron vulnerados sus derechos a la seguridad social, a percibir la totalidad de su renta de vejez, a ser oído y juzgado legalmente, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y a la legalidad, citando al efecto los arts. 14.I y III, 45.I, II y IV, 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).