Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0429/2013-CA
Fecha: 31-Oct-2013
II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
Con carácter previo a ingresar a la verificación de los requisitos de procedencia y admisibilidad exigidos para la presente acción, es menester señalar que para el análisis y resolución se aplicará la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, tomando en cuenta que la misma fue presentada el 31 de julio de 2012 (fs. 1 a 9), fecha en que la referida norma legal se encontraba vigente.
- Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- vicio principal que no fue valorado en las resoluciones
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Resoluciones judiciales impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR