AUTO CONSTITUCIONAL 0429/2013-CA
Fecha: 31-Oct-2013
Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
En consulta la Resolución de 8 de octubre de 2012, cursante de fs. 17 a 19, pronunciada por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Juan Antonio Durán Aponte y Rosa María Ortiz de Durán, demandando la inconstitucionalidad de las Resoluciones de: 11 de diciembre de 2008, complementario de 6 de enero de 2009; 12 de marzo y complementario de 23 de mayo del mismo año; y, 5 de octubre y complementario de 4 de diciembre, ambos de 2010, por ser presuntamente contrarias a los arts. 14.III y IV, 115.II, 119.I y II, 120.I, 180. I y II y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- vicio principal que no fue valorado en las resoluciones
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Resoluciones judiciales impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR