SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2013-L

Fecha: 02-Oct-2013

1)

El Banco de Crédito de Bolivia S.A., tercero interesado, a través de su abogado, en audiencia, señaló: 1) La acción planteada no menciona de manera específica, los actos arbitrarios que habrían cometido las autoridades demandadas, al pronunciar el Auto de Vista cuestionado; como tampoco se señala que derecho constitucional fue conculcado por éstos; 2) El accionante pretende que el Tribunal de garantías se convierta en una tercera instancia, que revise el indicado Auto de Vista; 3) Con una serie de recursos, incidentes y otras dilaciones, el accionante está evitando que se desarrolle el proceso por más de tres años; 4) Éste se encuentra procesado por la presunta comisión de delitos de prevaricato, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes, al tramitar un proceso laboral, donde dispuso la adjudicación por compensación de bienes a favor del trabajador, sin siquiera señalar día y hora de remate, provocando perjuicios al Banco de Crédito de Bolivia S.A., pues éste tenía hipotecas privilegiadas sobre dichos bienes; 5) La sentencia que se pronuncie en el proceso penal no podrá dentro de sus efectos, “dejar nulas” (sic) las Resoluciones dictadas por el accionante, es por ello, que se inició un proceso ordinario civil; y, 6) El Auto de Vista cuestionado, cumple con la debida fundamentación fáctica probatoria, jurídica y el desarrollo intelectivo, donde los Vocales demandados, arribaron a la conclusión de que el incidente de prejudicialidad opuesto por el accionante, no se adecuaba a los antecedentes acusados, mencionando que el proceso ordinario no determinaría la existencia de elementos constitutivos del tipo penal, en base a doctrina; en consecuencia, solicitan se declare la improcedencia de la acción intentada.