SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1638/2013
Fecha: 04-Oct-2013
denegó
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 37/2013 de 17 de mayo, cursante de fs. 104 a 105 vta., por el cual denegó la acción planteada, en base a los siguientes fundamentos: i) El art. 125 de la CPE, delimita los alcances de la acción de libertad, la misma se activa cuando se encuentra en peligro la vida, el derecho a la libertad o cuando la persona sufriera una persecución o fuere sometida a procesamiento ilegal o indebido, lo cual no se demostró por el accionante como establece el art. 47 del Código Procesal Constitucional (CPCo); ii) En audiencia el representante del accionante señaló la violación al derecho de locomoción, por el hecho de haberse aplicado una medida precautoria por más de un año y seis meses, lo que constituiría violatorio e ilegal, por no haberse admitido hasta la fecha ninguna demanda en su contra; y, iii) La medida precautoria de arraigo fue dispuesta conforme determina el art. 100 del Código Procesal del Trabajo (CPT), no habiéndose vulnerado derecho alguno y en audiencia tampoco se demostró que los hechos por los cuales se ha interpuesto la presente acción de libertad, se hallen dentro los alcances de la acción tutelar, pudiendo el accionante acudir ante el Juez de la causa a efectos de lograr un desarraigo temporal a su favor, haciéndose inviable la concesión de la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- “1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo