SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1638/2013
Fecha: 04-Oct-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refiere que, Johnny Tola Bautista y otras personas supuestamente en representación del Sindicato de Trabajadores Fabriles “Millma” S.A., se apersonaron ante el Juzgado Primero de Trabajo y Seguridad Social, solicitando la adopción de medidas precautorias contra la mencionada empresa de la que Arthur Noel Tracht Goodman es representante legal, disponiendo la Jueza de dicho Juzgado el arraigo de éste.
Manifiesta que realizó el trámite pertinente para dejar sin efecto dicha medida y por la excusa de los jueces, el proceso radicó en el Juzgado Tercero de Trabajo y Seguridad Social que emitió la Resolución 4/12 de 5 de enero de 2012, disponiendo dejar sin efecto la medida precautoria, mereciendo apelación que fue resuelta un año después, pronunciándose el Auto de Vista 009/2013 de 25 de enero, por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz la que revocó el Auto impugnado.
El 6 de mayo de 2013, presentó memorial adjuntando Testimonio del poder 643/2013, por el que se estableció que el accionante dejó de ser el representante legal de la Empresa “Millma” S.A., siendo rechazado el memorial argumentando que debió adjuntar pase profesional, encontrándose el accionante hasta la fecha un año y seis meses arraigado, sin haberse admitido ninguna demanda contra la Empresa mencionada y la Jueza Tercera de Trabajo y Seguridad Social hoy demandada se excusó sin motivo alguno, sin que las partes lo hayan solicitado, dejándolo en absoluto estado de indefensión, privado de tener contacto con su familia que vive en el exterior.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”
- III.2. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- “1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- III.3.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo