SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1640/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1640/2013

Fecha: 04-Oct-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por los ilícitos de allanamiento de domicilio y robo agravado, mediante Resolución 73/13 de 1 de febrero de 2013, fueron remitidas al Centro de Orientación Femenina de Obrajes, con detención preventiva, habiendo transcurrido tres meses y veintitrés días, tiempo en el cual se vulneró de forma deliberada el segundo párrafo del art. 232 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues no se valoró su condición de mujer embarazada de tres meses y de madre con bebé lactante de cinco meses, respectivamente; asimismo tampoco se valoró su anterior domicilio real ubicado en la calle Crispín Andrade 668 de la zona de Gran Poder.

Es así que, a partir de 1 de febrero de 2013, fueron objeto de actitudes dilatorias por parte del Ministerio Público así como de la Jueza ahora demandada, porque permanentemente puso toda clase de excusas, sea de uno u otro motivo, solo con la finalidad de que un bebé cumpla el año en el centro penitenciario y que la otra permanezca embarazada hasta que su hijo nazca y cumpla un año en prisión, recurriendo en forma arbitraria e ilegal a la dilación y retardación de justicia, sin ningún control, razón por la que consideran viable la tutela constitucional.