SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1667/2013
Fecha: 04-Oct-2013
1)
La demandada Shirley Fátima Becerra Vaca, Jueza del Juzgado Segundo de Partido de la Niñez y Adolescencia, en su informe escrito de fs. 31 y vta., manifestó: 1) Como Jueza de la Niñez y Adolescencia, fue de su conocimiento la existencia de un riesgo social denunciado por la responsable de la Dirección de la Niñez y Adolescencia, por la supuesta comisión del delito de trata y tráfico de una bebé que estaría en poder de Tereza Molina Mercado, ya que presuntamente la ahora accionante, se la había entregado para que la cuide mientras ella trabajaba y la referida bebé Andreita Milagros Putare Tomichá (nombre convencional) de un mes y seis días, fue entregada a los funcionarios de la referida Defensoría, siendo ingresada temporalmente a las Aldeas Infantiles SOS de manera temporal, refiriendo en la demanda que la madre de la bebé se encontraba en la Policía Nacional DP-9, hasta que arregle su situación legal; 2) Mediante Auto de 28 de diciembre de 2013, se admitió la denuncia y se ratificó la protección de ingreso a las Aldeas Infantiles SOS, donde está institucionalizada y se ordenó la investigación del caso a través del equipo multidisciplinario del Juzgado a su cargo; y, 3) Su autoridad en ningún momento tuvo participación alguna en el proceso de trata y tráfico de personas, por cuanto su participación se adecúa a la competencia que le otorga el Código Niña, Niño y Adolescente en sus arts. 207 al 212 y 269 como Juez de la Niñez y Adolescencia, solo a proteger, establecer medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en situación de riesgo o de maltrato, solicitando por lo expuesto se declare improcedente la presente acción.
En el caso examinado, la accionante, mediante la presente acción de libertad cuestiona: 1) Su privación de libertad en dos oportunidades en dependencias policiales; 2) La lesión al debido proceso al encontrarse procesada indebidamente por la presunta comisión del delito de trata o tráfico de su hija de dos meses de edad; y, 3) También la privación de libertad de la menor; situaciones que pasan a ser analizadas: