SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1672/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1672/2013

Fecha: 04-Oct-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes, denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a una justicia pronta y oportuna, a la “seguridad jurídica”, a la legalidad; y a la verdad material; por cuanto, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dictó el Auto de Vista 55/2013, por el cual revocó el Auto interlocutorio de 16 de octubre de 2012, que declaró improbada la excepción de prejudicialidad opuesta por sus personas, sin la debida fundamentación y con el argumento errado de que la acción civil debió ser interpuesta con anterioridad a la acción penal, además alegan que ni la doctrina tampoco el art. 308.I del CPP, establecen ese supuesto.