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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1694/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1694/2013

    Fecha: 10-Oct-2013

    II.3.

    II.3.  El 11 de abril de 2013, Marcelo David Poma Gutiérrez fue notificado por cédula en Secretaría de Cámara del Tribunal Supremo Electoral con la Resolución TSE-RSP 075/2013 de 25 de marzo, pronunciada dentro del recurso de apelación interpuesto por el accionante contra la Resolución 023/2013 de 1 de marzo de emitida por el Tribunal Electoral Departamental de Tarija (fs. 37).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • III.3. Sobre el derecho de petición
    • cuando en los hechos ya no existe lesión alguna a los derechos considerados como lesionados; como resultado de la respuesta inmediata que dieron los demandados, desapareciendo de ese modo el objeto de la acción de amparo constitucional
    • III.4. Análisis d
    • CONFIRMAR en parte

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