SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1695/2013
Fecha: 10-Oct-2013
III.5. Análisis del caso concreto
De los antecedentes que informan el expediente, se evidencia que el 26 de enero de 2013, “Frigodecca S.A.”, convocó a elecciones democráticas para elegir su Directorio y Síndicos, estableciendo como fecha del plebiscito el 25 de febrero de 2013; sin embargo, dicho Comité, dictó la Resolución 01/2013 de 20 de febrero, por la cual, inhabilitó a los accionantes para terciar como candidatos, debido a supuestas denuncias en su contra; además, la referida Resolución fue notificada faltando dos días para el acto eleccionario, este hecho según los accionantes les imposibilitó impugnar la referida determinación.
Cabe señalar, que los accionantes no precisaron cómo se violentó sus derechos aludidos en la acción de amparo; toda vez que, al reclamar su inhabilitación para terciar como candidatos, no impugnaron previamente la Resolución que supuestamente vulnera sus derechos, más aún tomando en cuenta que el acto eleccionario no fue ejecutado. En ese contexto, la cláusula octava de la Convocatoria establece: “en caso de que alguno de los candidatos fuera inhabilitado (…) tendrá la posibilidad de corregir y/o demostrar la observación” (sic), aspecto que no fue observado por los ahora accionantes.
Consiguientemente, al existir el mecanismo de impugnación en la vía administrativa interna, que debió ser activada previo a la acción de defensa; sin embargo, al no haberse acudido ante esa instancia, no se cumplió con el principio de subsidiariedad aplicable a la acción de amparo constitucional citado en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, correspondiendo denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- 1)
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13