SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1696/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1696/2013

Fecha: 10-Oct-2013

i)

Fernando Enrique Rivadeneyra Riveros, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, no asistió a la audiencia y en informe escrito cursante a fs. 6 de obrados, manifestó: i) No es cierto que Ismael Fernando Torrez Mendoza, hubiera solicitado la cesación a su detención preventiva desde el 6 de febrero de 2013, dado que en esa fecha, se rechazó su pedido al no encontrarse nuevos elementos de juicio; ii) Por deficiencia e irresponsabilidad de la ex Secretaria Abogada, no se transcribió el acta de esa fecha y a petición de la representante del Ministerio Público se suspendió la audiencia hasta que se inserte dicha acta. Dada la relevancia del acta, fue ubicada por el personal subalterno; iii) El art. 94 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), establece como obligaciones propias de la Secretaria, labrar actas de audiencia y otros, así como custodiar bajo su responsabilidad los expedientes y archivos de la oficina judicial; iv) Inmediatamente de haberse realizado la búsqueda del acta, se decretó a la brevedad posible día y hora para desarrollar la audiencia solicitada por el accionante; y, v) Pidió se deniegue la tutela invocada y fijar costas.