Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1759/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.2.
II.2. Cursa reconocimiento ad vientre de 10 de abril de 2013, efectuado por Hugo Fernando Justiniano Navía en el que consta “…la voluntad de recocer a su hijo (a): 'BEBE' JUSTINIANO MORON, el mismo que cuenta actualmente con una gestación aproximada de 11 semanas en el vientre de su madre, el que fue habido dentro de su relación de convivencia con la Sra. CLAUDIA MORON ARIAS…”(sic), documento presentado por el accionante mediante nota de 18 de abril de 2013 ( fs. 7 y 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En cuanto a la inamovilidad laboral de los progenitores
- 'En remisión al art. 48.VI de la CPE, citado en el Fundamento Jurídico que precede, queda claro que la mujer en estado de gestación o lactancia, no puede ser removida de su puesto de trabajo hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad; previsión constitucional que versa sobre la protección de la maternidad por parte del Estado, que es extensible al progenitor varón a efectos de precautelar el derecho a la vida, la salud y a la seguridad social, tanto de la madre como del recién nacido desde el momento de su concepción.
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- POR TANTO