SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1767/2013
Fecha: 21-Oct-2013
deniega
La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 38/13 de 21 de mayo de 2013, cursante de fs. 369 a 371 vta., por la que se deniega la tutela impetrada, con los siguientes argumentos: a) La Resolución Administrativa (RA) 20/12 de 17 de septiembre de 2012, se emitió sobre los puntos expresados por la accionante durante la sustanciación del proceso; b) De la misma forma, la Resolución de Revocatoria 08/2012 de 3 de octubre, que ratifica la RA 20/12, responde a los cuestionamientos planteados en el memorial de interposición del recurso, en el cual además no se hizo mención al vencimiento de plazos, silencio que subsanó dicho defecto; c) De la misma forma, en la Resolución de Recurso Jerárquico 13/12, se absolvieron todos los extremos reclamados en el memorial de presentación de recurso; d) Por lo expuesto, concluye que no existió vulneración al debido proceso por falta de pronunciamiento en alguno de los puntos vertidos y reclamados por la -ahora accionante-; e) En relación a los demás aspectos procedimentales denunciados como vulneratorios de derechos, éstos no fueron observados en su oportunidad, por lo que, se coligió su consentimiento, lo que no pudo ser objeto de subsanación por parte del Tribunal de garantías y más cuando no se produjo lesión al derecho de defensa; y, f) En lo referente a la aplicación en la determinación de la sanción de una norma no invocada en el Auto Inicial, el Tribunal de garantías sostuvo que al haberse identificado y comprobado la contravención tipificada en la norma interna vigente, correspondía la sanción establecida en la misma, caso contrario se ingresaría a una lógica de impunidad en la que hechos ilegales plenamente comprobados no serían sancionados.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Aplicabilidad de garantías judiciales en los procesos administrativos disciplinarios sancionatorios
- III.2. Revisión excepcional de la valoración de los medios de prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR