SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1767/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.1.
II.1. Mediante Auto Inicial de proceso administrativo de 1 de agosto de 2012 (fs. 1), se instaura sumario administrativo en contra de la que por entonces fungía el cargo de Directora Ejecutiva de la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas, Jacqueline Marina Calderón Gironda, por la supuesta vulneración al art. 1 de la Resolución Ministerial (RM) 661 de 28 de junio de 2010, emitida por el Ministerio de Salud y Deportes (fs. 2), al designar sin convocatoria o concurso de méritos abierto a Zarella Vargas Nogales, Leticia Ascarrunz Camacho, Daniel Cossio Salinas, José Raúl Mogro Arroyo y Verónica Castro Valda (fs. 3 a 7); asimismo, al haber instruido el nombramiento de Lilian Carla Larrea García sin que cumpla con los requisitos exigidos para el cargo, mediante Hoja de Ruta 702 de 25 de junio de 2012 (fs. 8 a 11), incurrió en la probable vulneración del “numeral 5.2.3.2.1 inc. d) y 5.2.2.2.3.1.1” del Manual de Funciones de la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas como versa en el Auto Inicial de proceso administrativo (fs. 1), el art. 30 incs. d) y p) del Estatuto Orgánico de la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas (fs. 91 y 92) y el art. 14 incs. a) y b) del Reglamento Interno de Personal del Seguro Social del Servicio Nacional de Caminos (fs. 114 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Aplicabilidad de garantías judiciales en los procesos administrativos disciplinarios sancionatorios
- III.2. Revisión excepcional de la valoración de los medios de prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR