SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1768/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1768/2013

Fecha: 21-Oct-2013

II.

El Claustro, es convocado por Resolución expresa del Honorable Consejo Universitario, con una anticipación no menor a 30 días a la fecha de finalización de los respectivos mandatos de las autoridades universitarias, facultativas y de Carrera, o en los casos específicos determinados por el presente Estatuto.