SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1768/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1768/2013

Fecha: 21-Oct-2013

Respecto a las atribuciones del COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO, el art. 13 inc. d), señala que es su atribución recibir e inscribir las candidaturas a Rector, Vicerrectores, Decanos y Directores de Carrera, presentadas por el o los Frentes participantes, previo cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de los candidatos.

Respecto a las atribuciones del COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO, el art. 13 inc. d), señala que es su atribución recibir e inscribir las candidaturas a Rector, Vicerrectores, Decanos y Directores de Carrera, presentadas por el o los Frentes participantes, previo cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de los candidatos.