SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1787/2013
Fecha: 21-Oct-2013
III.2. Del proceso de construcción del constitucionalismo plurinacional comunitario y descolonizador
El art. 1 de la CPE, sostiene: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario”; modelo de Estado que fue el resultado de la fuerza descolonizadora de los pueblos indígena originarios campesinos, quienes plantearon el reto histórico de dar fin al colonialismo, como sujetos políticos colectivos con derecho a definir su destino, gobernarse en autonomías y participar en los nuevos pactos de Estado.
Este nuevo modelo, tiene inspiración anticolonialista que rompe con la herencia del constitucionalismo monocultural, nacido a espaldas de los pueblos indígenas y del constitucionalismo pluricultural que introdujo de manera subordinada un reconocimiento parcial de derechos a los pueblos indígenas. La actual Constitución Política del Estado, rompe con el constitucionalismo clásico y occidental concebido por las élites políticas; es un constitucionalismo que expresa la voluntad de las clases populares y los pueblos indígenas, creando una nueva institucionalidad, transversalizada por lo plurinacional, una nueva territorialidad, signada por las autonomías, un nuevo régimen político y una nueva legalidad bajo el paradigma del pluralismo jurídico igualitario en el marco de la Norma Suprema.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del proceso de construcción del constitucionalismo plurinacional comunitario y descolonizador
- la comprensión de los derechos, deberes y garantías no puede realizarse desde la óptica del constitucionalismo liberal, sino más bien abrirse a una pluralidad de fuentes del derecho y de derechos,
- Corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, romper esas relaciones y prácticas que se reproducen en lo social, cultural, político e institucional,
- III.3. La teoría del derecho en el nuevo constitucionalismo
- III.4. De la ponderación de los derechos fundamentales
- seguridad
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR