SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1803/2013
Fecha: 21-Oct-2013
a)
El accionantes a través de su abogado ratificó y amplió los términos de la demanda, señalando que: a) Modestino Mercado Justiniano y Valeriano Mercado Justiniano fueron imputados por el Fiscal anticorrupción, encontrándose con detención preventiva en el Penal de Palmasola; habiendo dicha autoridad Fiscal librado mandamiento de aprehensión en su contra, pese a que fungía como representante de las personas mencionadas, por lo que se escondió por casi diez meses, sin estar privado de libertad, siendo perseguido e indebidamente afectando sus derechos y obligaciones con su familia; y, b) Se observa defectuosa actividad procesal, puesto que no aparece como denunciado tampoco imputado en la ampliación de la imputación formal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Sobre la supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento y restricción de la libertad
- III.4. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR