Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1877/2013
Fecha: 29-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega lesionado sus derechos al debido proceso y a la defensa por las irregulares notificaciones practicadas con la demanda laboral incoada por Fabiola Arianet Melgar Camacho ante la Jefatura Departamental del Trabajo; así el formulario de citación de 12 de marzo de 2013, está dirigida a Rodrigo Gil Quiroga como persona individual y no así a la empresa o a su representante legal, contradictoriamente se citó con una demanda de inamovilidad laboral y no de reincorporación laboral; finalmente en el formulario de notificación con la conminatoria se notificó a Fabiola Melgar Camacho y no así a la empresa ni a Rodrigo Gil Quiroga, como correspondía legalmente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- Fragmento 6
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3.
- “III
- V.
- III.5. Análisis del caso especifico
- CONFIRMAR