SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1907/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1907/2013

Fecha: 29-Oct-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera que las parte demandada, vulneró sus derechos a la sucesión hereditaria y a la seguridad social, ya que una vez emitida la Resolución 025/12 de 1 de noviembre, pronunciada por la Junta Superior de Decisiones de COSSMIL, reconociendo el derecho al pago del capital de defunción y del capital asegurado de muerte, a su favor y de su hija, hasta el presente la Gerencia de Seguros de COSSMIL, no ha dado cumplimiento a dicha resolución, bajo una serie de excusas, exigiéndole la presentación de su cédula de identidad donde obligatoriamente debía figurar como viuda, situación que no está permitida por el DS 27422, pues si bien los efectos de las uniones libres pueden equipararse al matrimonio, no es válida su inscripción en los libros de registro de matrimonio civil; sin embargo, la Asesora Jurídica le manifestó que era un requisito indispensable, paralizándose el pago del capital asegurado de muerte y capital de defunción, bajo pretexto de presentación de cédula de identidad que consigne el estado civil de viuda, desconociendo la Resolución emanada por la Junta Superior de Decisiones de COSSMIL. En consecuencia, corresponde establecer en grado de revisión, si es factible conceder o denegar la tutela impetrada.