Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0446/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
Fragmento 6
En el presente caso, el Director Ejecutivo de la AJ, por RA 29-00082-13, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que este Tribunal, a través de Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0491/2013 y 0003/2013, declaró la constitucionalidad de los arts. 11, 12, 13 y 14 de la Regulación Regulatoria 01-00005-11 y 28.I.2 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar, adquiriendo así calidad de cosa juzgada constitucional.
- Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ)
- personas individuales o colectivas sometidas a procesos administrativos sancionatorios, para interponer el recurso de Revocatoria previamente deberán hacer el depósito de la sanción impuesta establecida en la Resolución Sancionatoria en la cuenta señalada para los efectos, caso contrario se dará por no presentado el recurso interpuesto ordenando el archivo de obrados
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- II.3.1. Impugnación de la Resolución Regulatoria 01-00012-11, apartado II, art. 1, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11
- II.3.2. Impugnación del art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar
- II.3.3. Impugnación de los arts. 11, 12, 13 y 14 de la Regulación Regulatoria 01-00005-11 de 10 de junio de 2011
- 1°
- 2° ADMITIR
- 3º