Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013
Fecha: 29-Nov-2013
ARTÍCULO 13 (Idioma)
“I. En respeto a la Constitución Política del Estado y de acuerdo a la ancestralidad cultura y vivencia del gobierno autónomo se practica y usa oficialmente el idioma Aymara y el castellano, sin que restrinja el uso de los 36 idiomas oficiales del Estado Plurinacional en el marco de la Interculturalidad y Plurinacionalidad, en la jurisdicción del territorio del gobierno autónomo originario de Totora Marka.
- control previo de constitucionalidad
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2.
- a) Respecto al preámbulo
- b) Sobre los artículos del proyecto original que fueron declarados incompatibles
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de la Entidades Territoriales Autónomas (ETA)
- III.2. Confrontación del texto del preámbulo y los artículos reformulados del proyecto de “Estatuto Autonómico Originario de Totora Marka”
- Nuestro territorio se denominaba ancestralmente Totora 'Awki' Marka que significa padre de los pueblos de la Nación Originaria Suyu Jacha Karangas, constituido sobre su territorio ancestral de los karankas, con identidad cultural y social, con economía comunitaria y plural, Comunidad-Ayllu-Marka-Suyu-Nacion, cuyo nombre recibe por tener en su laguna vertiente, desde tiempos pasados, la milenaria planta acuática totora.
- Actualmente se denomina Totora Marka sin embargo no se prescinde de la denominación ancestral, en tal sentido por razón concurrente al estatuto se toma en cuenta el nombre de 'Totora Marka'.
- Atiña, Es el sistema de gobierno, y su forma originaria de acuerdo a las siguientes instancias: Jacha Mara Tantachawi, legislativo, ejecutivo, jurisdicción originaria y participación - control social.
- Ayllu-Marka-Suyu
- Examen de constitucionalidad
- i)
- norma institucional básica
- ARTÍCULO 13 (Idioma)
- 1)
- a) Sobre la evaluación del trabajo del personal
- b) Sobre la fiscalización a los recursos en materia de salud
- ARTÍCULO 38 (Inversión Productiva Social y Gestión Financiera)
- III. El Gobierno Autónomo Originario de Totora Marka requerirá ante el nivel que corresponda, diseño e implementación de redes de electrificación rural en la Marka con características de alcance y resistencia industrial, con la finalidad de fortalecer el desarrollo del sector productivo y social comunitario
- a)
- 4°